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Algunas cifras y conceptos relevantes acerca del IRPF

Por: Isaac Alfie

Este pequeño memo tiene como objetivo que todos tengamos claro las falacias y en algunos casos falsedades o mentiras que desde miembros del gobierno y ahora también sus “técnicos” (se sacaron la careta) están todos los días repitiendo por radio y TV. Entiendo que lo más dañino son los “técnicos” ya que sería de esperar que éstos digan la verdad de las cosas y no el mismo discurso oficial lleno de contradicciones, falacias, medias verdades o directamente falsedades. Es bastante notorio que el gobierno domina la comunicación e impone a los suyos en todos los programas, porque realmente han copado los medios.

Los casos más notorios:

1.El 80% de los jubilados pagará menos.

Errado por varios motivos. El primero, en la actualidad el 87% de los jubilados y pensionistas del BPS y el 70% de las pasividades servidas por el resto de las cajas paraestatales (Militar, Policial, Bancaria, Profesionales y Notarial) paga 0 (cero) ya que cada prestación, individualmente considerada, no llega a los $ 9.816 al mes y todas las pasividades inferiores a este monto están exentas desde enero de 2004...O sea, del total de pasividades hoy casi el 85% no paga nada.

Ahora se dice que el 80% va a pagar menos, cosa que es claramente imposible (falsa) dado el dato anterior. De hecho ahora van a pagar IRPF aproximadamente el 27% del total de pasivos, de los cuáles un 25% pagará más que hoy y aproximadamente un 2% menos. ¿cuánto menos? Muy poco, el máximo es $ 195 al mes, si justo gana $ 9.820. Por encima del límite de $ 9.816 el IRP es de 2%, en tanto el IRPF va de 10% a 25%.

Un efecto importante es el que surge de la forma de cálculo del IRPF, frente al actual IRP. En el nuevo impuesto sucede que se suman todos los ingresos; entonces personas que tienen más de una pasividad, sea por dos jubilaciones, sea dentro del BPS o una del BPS y otra de otro fondo, sea por el cobro de una jubilación y una pensión, que también pueden provenir de más de un fondo, en la medida que la suma de ambos supere los $ 9.816 comienza a pagar. En la actualidad cada pasividad se la considera en forma individual y se la compara con los $ 9.816. Es por eso que aumenta sustancialmente la cantidad de pasivos que abonan el impuesto.

Traducido a números: entre 140.000 y 150.000 pasivos van a pagar más por el IRPF que por el IRP, desde poco más a mucho más. La cifra global lo dice todo, los pasivos multiplican por 4 su actual pago, pasando, a valores de 2007, de abonar unos US$ 20 millones al año a US$ 80 millones.

Recalco que son pasivos y no pasividades. Para tener alguna idea, sólo dentro del BPS hay 147.000 personas que cobran más de una pasividad, de las 701.000 prestaciones de pasividades que sirve.

Este cálculo nuestro fue catalogado como el más cercano a la realidad, pero que se quedó corto, por las asociaciones que pasivos que visitó las comisiones del Parlamento.

No debemos perder de vista que:
El BPS sirve 701.000 pasividades
Las demás cajas sirven 110.000 pasividades.
En total se sirven 811.000 pasividades.
Según la Encuesta Continua de Hogares hay 490.000 personas que dicen que perciben pasividad y no trabajan.
Esto es coherente porque hay muchas personas que perciben una pasividad y además están activos. Un caso típico son los militares retirados, de la misma manera que una importante cantidad de quienes perciben pensiones, en especial mujeres, trabajan.

2. Sólo el 12,5% de la población potencialmente sujeto pasivo del impuesto pagará más

Falso por varios motivos. Según nuestros cálculos quienes pagarán más serán alrededor de ½ millón de personas, sobre un total de sujetos pasivos del orden de 1:900.000 personas, a saber:

            140.000 pasivos
              35.000 profesionales
            30.000 personas que brindan servicios personales (comisionistas, corredores de seguros, investigares de mercado, idóneos que brindan servicios de asesoramiento a empresas, gestores, etc)
            170.000 que pagan más directamente por su propio salario
            150.000 que tienen doble empleo (según la encuesta de hogares)
              25.000 policías que si bien tienen doble empleo (la policía y el 222), en su declaración dicen que tienen uno sólo. Es natural que no lo diferencien.

En total da 550.000, pero seguramente algunas duplicaciones haya en estas cifras, de la misma manera que estamos obviando casos de pasivos con trabajo activo que podría pagar y de doble pasividad una por el BPS y otra por otro fondo.

Ahora ½ millón de personas sobre 1,9 millones de total de aportantes potenciales es poco más del 26% que paga más.

Pero la falacia es más grave aún. En efecto, el restante 74% no es que pague menos, aproximadamente un 57% de ese 74% paga igual que hoy, o sea nada. Allí están los desempleados, los “en negro”, los que sub declaran y los que tienen realmente salarios y pasividades bajas. No olvidemos que en la actualidad aproximadamente un 57% no paga IRP y obviamente tampoco pagará IRPF.

3. Ese supuesto 87,5% que paga menos se beneficia

Ésta se encuentra entre la falacia y la falsedad. En efecto, la falsedad por las cifras mostradas en b), y la falacia por al menos dos motivos:

  1. Porque no considera el efecto traslación hacia adelante (hacia el precio final del bien o servicio) del impuesto. Esto es particularmente notorio en el caso de los alquileres que han subido más de 20% en el último año producto de la incorporación en el precio del arrendamiento del impuesto a los alquileres que trae la reforma tributaria. De la misma manera pasará con algunos altos sueldos y honorarios de profesionales que tienen capacidad de pasarlo a su precio.
  2. Porque como vimos en el mejor de los casos sólo un 17% del total de la población, pagará menos (57% no paga hoy ni pagará, 26% paga más y 17% paga menos). ¿Cuánto menos?, en general bien poco, en el caso máximo no llega a $ 150 al mes. Pero esta cifra es correcta siempre y cuando se verifiquen varias cosas.
    1. Si no le toca pagar alquiler, porque le sube el precio y pierde.
    2. Si él y su familia anda poco en ómnibus, porque la reforma introduce el IVA real de aquí a tres años sobre el boleto. Por lo que habrán subas de precios “en dosis homeopáticas”.
    3. Si no está endeudado con el BROU, Anda o cualquier cooperativa porque aparece el IVA a los intereses de ello.
    4. Si consume poca agua, porque con una factura relativamente chica ya paga IVA al 22% en el agua.
    5. Si no es titular de una pequeña o mediana empresa, porque la suba de impuestos es enorme.

4. Quienes abonan un alquiler de menos de $ 5.450 al mes no pagan el impuesto a los alquileres.

La afirmación en sí es falsa porque esto está sujeto al cumplimiento de 3 condiciones conjuntas que difícilmente se verifiquen en un número significativo de casos. En efecto:

  1. El monto a que refiere la ley no es al de arrendamiento individual sino al total de rentas por arrendamiento que recibe el propietario. Así, si el dueño tiene dos alquileres uno de $ 2.500 y otro de $ 3.000, ambos pagarán el impuesto.
  2. El propietario no debe ganar más de $ 4.908 al año de otras rentas del capital. Es decir no puede ganar poco más de $ 400 por mes por, intereses (alcanza con $ 55.000 en una letra del gobierno), sub – arrendamientos, derechos de uso o usufructo de bienes inmuebles, rentas de la tierra por arrendamiento, pastoreo, aparcerías, etc., ganancias por la venta de un inmueble o un auto, ni por ingresos derivados de la  distribución de utilidades y dividendos de cualquier empresa en la que participe.
  3. Firmar una declaración jurada en la cual le levanta a la DGI el secreto bancario para todas sus cuentas.

Creo que sin lugar a dudas es casi imposible que se den.

5. La Reforma bajará los precios porque se reduce el IVA.

En mi opinión este aspecto bien vale una reflexión que entiendo debemos hacer en cada oportunidad que tenemos.  Si bien es cierto que se reduce el IVA, y se elimina el COFIS, también lo es que aparece un impuesto a los alquileres, cuyo efecto es que éstos han aumentado en más de 20% en el último año (los nuevos contratos y renovaciones) que se corresponde con la suma de efectos del impuesto (12%) y la inflación, aparecen IVAs en varios productos a tal punto que la recaudación total por IVA sube de acuerdo a los propias cifras que presentó el gobierno y que a dos sectores formadores de precios, como la industria y el agro le suben los costos laborales por la reaparición de los aportes de seguridad social. El aumento de costos laborales por idéntica razón también pasa en el sector de transporte de carga, el otro eslabón de la cadena. Por último a las pequeñas y medianas empresas le crece sustancialmente el costo impositivo, además que seguramente le aumente el costo de administración y asesoramiento contable.

En los hechos asistimos hoy a una importantísima suba de precios que en parte es fruto de la reforma tributaria. En efecto, a la reseñada suba del precio de los alquileres, se debe adicionar la suba de todos los precios de industria. En los hechos, los precios mayoristas sin considerar el petróleo, están creciendo entre 11% y 12% anual si tomamos las variaciones de los últimos 6 meses, en tanto los al consumo (minoristas) sin consideran las frutas y verduras en estado natural ni los combustibles, crecen entre 8% y 9% en el mismo lapso. Parte de este remarque obedece a la suba de costos (aportes patronales) y otra parte seguramente al hecho que el gobierno ya ha identificado una cantidad de artículos cuyo precio “seguirá” a través de la Dirección de Comercio del MEF. En estos casos, los precios seguramente han subido ahora un poco más, para luego “darle el gusto” al gobierno y reducirlos algo en julio.
Por su parte la evolución de los precios mayoristas y minoristas nos indican que el comercio minorista hoy está perdiendo márgenes, los qué recuperará al eliminarse el COFIS, por lo que “aguanta” el remarque sabiendo que en julio le basta con no modificar los precios al público para recuperarlos.

Por último, podemos considerar como una “tomadura de pelo” la anunciada reducción de tarifas, propia de gente que sólo piensa en la comunicación y lo hace muy bien. Es así que UTE subió la tarifa 9,2% en enero y OSE lo hizo 6,6% y ahora anuncian una reducción del 2% y 3,4% respectivamente. En ANTEL nadie sabe cual es el cambio de tarifa porque si bien hay unificación de tarifa nacional, y reducción en la larga distancia internacional, también hay suba de cómputos por cada llamada, ya que se amplia el horario central donde se contabiliza un cómputo por minuto y se reducen de 6 a 5 minutos el tiempo para considerar un cómputo en horario nocturno, fines de semana y feriados. O sea, primero se subió más, para luego bajar un poco y decir que es por la Reforma. Tanto no lo es que se “adelanta” un mes su entrada en vigencia. 

6. Las pequeñas y medianas empresas

Este grupo podemos dividirlo en dos sub grupos. El de las micro empresas que abonan el llamado IMPEQUE (impuesto a las pequeñas empresas), cuya característica es que su venta anual no supera los $ 480.000 y tributan por un régimen especial y el resto de las pequeñas empresas que si bien tributan por un régimen general, en muchos casos se basan en fictos que simplifican la tarea administrativa abaratando costos, a la vez que no le resulta gravosa de pagar.

En el caso de los IMPEQUE, son unas 40.000 empresas, pequeños comercios, electricistas, pintores, herreros, mecánicos, plomeros, etc. Hoy abonan $ 1.470 por mes a la DGI, no necesitan de contador, ni de libros, no pagan IVA, ni Impuesto a la Renta de las Empresas, ni impuesto al Patrimonio.
A partir de la nueva ley, estas empresas comenzarán a pagar IVA, con un mínimo mensual de $ 1.470, es decir al menos precisan de alguien que les ayude a “llevar los papeles”. Pero la particularidad más importante, injusta e inequitativa es que si bien la empresa debe facturar con IVA, el comprador no podrá deducir el IVA, así como tampoco el costo del bien o servicio a efectos de considerarlo gasto para la liquidación de su Impuesto a la renta de las empresas. Entonces, algo que sale $ 100 más IVA, al comprador le termina saliendo $ 147, ya que no deduce el 22% de IVA, ni tampoco el 25% (impuesto a la renta de las empresas) de los 100 como gasto.
La conclusión es inmediata, estas empresas desaparecen como tales, salvo un kiosko que venda golosinas a la gente en la plaza y debe tributar como empresa mas grande. Esto es así, porque en todos los casos planteados “la diferencia” en el mes se hace cuando se le brinda servicios a una empresa, no en los pequeños trabajos en casas particulares. Entonces deberá pagar IVA, que será bastante más que los $ 1.470, además de IRIC (IRAE desde el 1º de julio), cuyo  mínimo mensual es de $ 1.900 e impuesto al patrimonio. La carga tributaria como poco se duplica, en general se multiplicará por tres o cuatro.

Para el caso de las empresas pequeñas. La ley actual habilita un mecanismo de liquidación ficta del impuesto a la renta para quienes venden hasta prácticamente $ 5:000.000 más impuestos al año. Para estos casos el impuesto se calcula asumiendo una renta neta del 11% sobre ventas y multiplicando por el 30% (la tasa del IRIC), a los cual se le permiten deducir algunos gastos. O sea podríamos decir que pagan el 3,3% de sus ventas como impuesto.
Con la nueva ley, el IRIC supuestamente baja al 25%, y si se retiran las utilidades, allí se cobra un 7% adicional sobre el 75%, o sea, la tasa final para utilidades distribuidas es de 30,25%. El Poder Ejecutivo dijo que a las pequeñas empresas les iba a exonerar del pago del 7% adicional. Ante ello el pago de IRIC (IRAE) por este régimen ficto debería ser de 2,75% sobre venta (25% del 11%); pero hete aquí que el decreto reglamentario cambia las cosas y establece que:

  1. para empresas cuyas ventas anuales sean hasta aproximadamente $ 3:300.000, la tasa de renta ficta sube del 11% al 13,2%. O sea, se “exonera” del pago del 7% sobre dividendo distribuido, pero la tasa del pago de impuesto queda igual en 3,3% por cada peso vendido (13,2% * 25% = 3,3%), una tomadura de pelo.
  2. La cosa no queda allí, ya que se crea una categoría especial de empresas cuya venta anual va desde los $ 3:300.000 hasta $ 4:950.000, donde el pago de IRIC (IRAE) por este régimen ficto pasa del 3,3% al 9% de la venta bruta, lo que equivale a decir que estas empresas de cada $ 100 que venden, el gobierno entiende que ganan, neto de pelo y paja, $ 36. En mi opinión no es real en más del 95% de los casos. O sea, por decreto se multiplica por 2,7 veces la presión tributaria del impuesto a las ganancias de las empresas pequeñas.
  3. A su vez se crea otra categoría adicional, que va entre los $ 4:950.000 y $ 6:600.000 de ventas anuales, donde el pago es del 12% de la venta bruta. Siguiendo el razonamiento anterior equivale a decir que estas empresas de cada $ 100 que venden, el gobierno entiende que ganan, neto de pelo y paja, $ 48.

Entonces, la rebaja del impuesto a la renta de las empresas puede serlo, no mucho pero algo al fin, para las más grandes que reinvierten una parte de sus utilidades. Para las pequeñas no sólo no hay reducción, sino que puede haber aumentos y sustanciales. En el caso de las micro empresas no tienen escapatoria, en las pequeñas que para morigerarlo  deberán pagar por asesoramiento, lo cual de todos modos les encarece sus costos, castigando sus ingresos netos.

 

¿Es esta la reforma simplificadora, a favor de los desposeídos, los débiles y las pequeñas empresas y en contra de los grandes capitales? Realmente todos los análisis nos llevan a la conclusión que la reforma es concentradora de la actividad.

 

 
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